este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos Liney De Jesús Zabala De Salas y José Ramón Salas, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.915.241 y V-2.288.860, respectivamente y, por ende, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, que contrajeron el 30 de Mayo de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Alberto Adriani del Estado Mérida, según consta de acta Nº 112; por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil venezolano.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del J.....