DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Enzo Luís Zapata, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 196.201, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.