Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la ciudadana LUCAS TEODORO PULIDO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.870.907, sobre las bienhechurias construidas sobre en un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia de documento debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, de fecha 30 de Septiembre del 2016, inserto bajo el Nº 2016.1428, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 347.10.3.1.11200 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2016, constante de CUATROCIENTOS SEIS METROS CU.....