Corresponde a este tribunal fundamentar lo decidido en audiencia una vez revisadas las actas de investigación y oída la intervención de las partes y en atención a los anteriores argumentos, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico-Extensión Calabozo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público, de APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos JERSON ALI RUIZ CEDEÑO, WILBOR RAYMUNDO PEÑA ARRAIZ; SERGIO NATHAN CANCINES MARTINEZ, JEAN CARLOS PACHECO FLORES, y JOSE ACEVEDO CONTRERAS; titular de conformidad con los artículos 44 ordinal 1° Constitucional, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contra de los ciudadanos JERSON ALI RUIZ CEDEÑO, WILBOR RAYMUNDO PEÑA ARRAIZ, SERGIO NA.....