PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada Ciudadana ESTHER AQUINO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.897.616, domiciliada en la Urbanización Antonio Miguel Martínez, calle Farriar, N° 19, Quinta Leyovir, de la ciudad de San Juan de los Morros del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico. Se declara CON LUGAR la acción de cumplimiento de contrato interpuesta por la parte actora, en consecuencia: 1°.-Se ordena a la demandada a hacer entrega a favor del actor de un inmueble constituido por una (01) oficina identificada con el Nro. 411, ubicada en el Centro Comercial Don Salvador, en la avenida Fermín Toro, cruce con calle Farriar, de San Juan de los Morros, Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico; 2°.- Se condena a la parte demandada al pago a favor de la parte actora de la cantidad de Cinco Mil Novecientos Cincuenta Bolívares (Bs. 5.950,00), por concepto de cánones de arrendamientos insolutos .....