En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Se decreta como FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano imputado LUIS ALEXIS VIERA GUZMAN, venezolano, natural de Camaguán. Estado Guárico, nacido en fecha 20-08-1986, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.778.655, soltero, de profesión u oficio Militar en servicio activo, adscrito al Batallón General Ezequiel Zamora, ubicado en Bruzual-Estado Barinas, hijo de Clarisa Columba Guzmán (V) y José Antonio Viera Rebolledo (V) residenciado en el Barrio Rómulo Gallegos II; detrás del Stadium Pacheco Torres, casa s/n, Camaguán-Estado Guárico, por la presunta comisión del delito de ROBO GÉNERICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el artículo .....