En relación a las pruebas promovidas por la parte accionada ciudadano, Arturo Celestino Villavicencio del Villar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.881.578, representado por la abogada Angélica Del Valle Aguirre Ramos, inscrita en el inpre-abogado bajo el Nº 213.567, hizo referencia a las Posesiones Juradas, la cual se admite por no ser contraria al orden público y su valor probatorio se apreciara en la definitiva. En consecuencia destaca esta Instancia Judicial Agraria que la parte accionante solicitó la misma probanza, razón por la cual, en atención al principio procesal de la comunidad de la prueba, el tribunal acuerda confesión de la parte actora ciudadano Jorge Luís Urbina Suárez, antes identificado y de la parte accionada Arturo Celestino Villavicencio del Villar, antes identificado , para que absuelvan bajo juramento las posiciones juradas, para el día viernes 06 de Octubre de 2.017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) y a las once h.....