Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
RESUELVE
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículo 330, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico Guárico, en contra del ciudadano YETZON ALEXANDER PEREZ, por la presunta comisión, del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley que rige la materia, en perjuicio de las ciudadanas Karina Maigualida Pérez y Mirella Araselis Pérez.
SEGUNDO: Se ADMITE EN SU TOTALIDAD LAS PRUEBAS ofrecidas por el Ministerio Públicotodo de conformidad con el artículo 330, ordinal 9º del Texto Penal Adjetivo.
TERCERO: Admitida la acusación, este Tribunal impone al acusado YETZ.....