204º Y 155º
Vista la proposición hecha por el Ciudadano: JOSE ARMANDO GUZMAN, venezolano, mayor de edad, soltero, Obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.221.415, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: YAMILKA GONZALEZ, insertado en el folio (101), donde se estableció para su hijo identificados en autos. Este Tribunal acordó oficiar al Coordinador de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Josè Fèlix Ribas, del Estado Guárico, para que se descuente del salario mensual de dicho trabajador la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) mensuales, y deposite en la cuenta de ahorros Nº 00070146-78-0010000174, del Banco Bicentenario, sucursal de esta localidad, a nombre de la Ciudadana YAMILKA GONZALEZ; así como también la época escolar y decembrina en 50%, médico y medicinas cuando se amerite; en consecuencia EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZU.....