Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA CESIÓN DE DERECHOS LITIGIOSOS suscrita, por el abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CACERES, actuando en su propio nombre y representación y con el carácter de actora (cedente), y el ciudadano MOISES DELMER CASTAÑEDA RINCON. (cesionario); en virtud del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoara originalmente el ciudadano RAFAEL ALBERTO LATORRE CACERES contra la ciudadana ROSA DUARTE RIVEROS, todos ampliamente identificados en las actas del expediente, en los mismos términos pactados por ellos; en consecuencia, en lo sucesivo téngase como parte actora en la presente causa, al ciudadano MOISES DELMER CASTAÑEDA RINCON, y téngase la referida cesión de derechos litigioso.....