Por lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público, de APREHENSION EN FLAGRANCIA del imputado (agresor) CARLOS MARCOS BEJAS SEIJAS, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecida en dichos artículos. Se Acordó la prosecución del proceso bajo las reglas del Procedimiento Especial, conforme a lo establecido en el artículo 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de que el Ministerio Publico continué con las investigaciones. Se declaró con lugar la solicitud .....