Por todo lo antes expuesto, habiéndose encontrado elementos suficientes para suspender los efectos del procedimiento de sanción y providencia administrativa cuestionados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se decreta medida cautelar de Suspensión Temporal de Efectos del Procedimiento de Sanción N° 071-2010-06-00129 y la Providencia Administrativa Nº 005-2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo, con sede en Valle de la Pascua, contentiva de Procedimiento de Multa, contra la Empresa FERRETERIA Y MATERIALES LA PASCUA C.A..", ello mientras se decida la presente causa.