Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en consecuencia se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha tres (03) de Diciembre de 2007 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, que declaró CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano Richard José Herrera contra la finca Las Aguaditas y/o Gabriele Pacifici Falucci