III
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario de la Circunscripción judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de intimación de honorarios profesionales intentada por la Abogada SALLY ACEVEDO DE MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad número V-8.627.517, y con domicilio en Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guárico, debidamente inscrita en el IPSA bajo el N° 60.004, actuando en su propio nombre y en defensa de sus derechos, contra el ciudadano SEBASTIANO LI CAVOLI, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.154.717, y del mismo domicilio.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, Munic.....