Se Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la Causa seguida al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 del Código Penal , en perjuicio de la victima ANGEL ALFREDO FERRER BRAVO. Todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 562 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. y se ordena su remisión en su Oportunidad Legal al Archivo de esta sección penal como pieza concluida.