DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, con fundamento en lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado OMAR RAFAEL CAUCHO CASTILLO, al haberse determinado que el hecho objeto de la investigación, no se realizó. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicitud del Fiscal Octavo del Ministerio Público.
Regístrese, publíquese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad legal archívese la causa.
LA JUEZ,
SANDRA MENDOZA HENRIQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ZULYMAR CASTRO D.....