DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la CALIFICACION DE FLAGRANCIA, de conformidad con los artículos 248, 249 y 373, segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se continúa la causa bajo las normas del PROCEDIMIENTO ABREVIADO y se ordena la remisión al Tribunal Unipersonal de Juicio dentro de su oportunidad legal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD al ciudadano JOSÉ MANUEL CAMPOS MARÍN, ampliamente identificado en autos, de conformidad con el artículo 256, ordinales 3°, 4°, 5° y 6°, del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1) Presentaciones cada ocho (08) días ante este Tribunal, 2) Prohibición de salir de la Jurisd.....