Por todo lo expuesto anteriormente, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente Asunto seguido en contra del ciudadano FERNANDEZ LEDEZMA ANDRES ANTONIO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 11.925.366, natural de Caracas, Distrito Capital, con fecha de nacimiento el 04/11/75, de 35 años de edad, con residencia en Calle Los Cardones, Nº 45, Valle de La Pascua, Estado Guárico, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 (hoy 453) del Código Penal vigente para el momento, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 108.5 del Código Penal y con fundamento en Sentencia Nº 2008-139 d.....