Ahora bien, vistas las actas procesales que conforman la pretensión, así como el desistimiento del procedimiento formulado en fecha 25 de noviembre de 2011, por la abogado BETTY PÉREZ AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.980, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL, según se evidencia de documento poder autenticado por ante la Notaria Pública Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 01 de julio de 2010, anotado bajo el N° 12, tomo 43, de los Libros respectivos, donde se indica que se requerirá expresa autorización escrita del Presidente del Banco o quien haga de sus veces, para desistir; y luego de haber verificado la autorización que le fue conferida por el ciudadano RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 8.812.571, en su carácter de Presidente del BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL, a su repres.....