Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano imputado LUIS FRANCISCO FIGUEREDO PANTOJA, conforme a lo previsto en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos. SEGUNDO: Declara con lugar la solicitud fiscal en relación a que sea decretada MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano LUIS FRANCISCO FIGUEROA PANTOJA con presentaciones periódicas cada treinta (30) días por el lapso de (06) se.....