EJECUTÓ LA SENTENCIA CONDENATORIA dictada en contra de los ciudadanos SILVIO ANTONIO CHAVEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.894.449, y ROY RAFAEL GUARAN MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº 12.898.889. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. E IGUALMENTE INICIO DE OFICIO LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a favor de los ciudadanos SILVIO ANTONIO CHAVEZ y ROY RAFAEL GUARAN MEJIAS. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal y 177 del la Ley Orgánica de Droga.-