DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado GERGES MONTILLA LICES, Defensor Público Auxiliar Segundo (2º), adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Guárico, Extensión Calabozo, defensor de los ciudadanos DAVID ENRIQUE VALERA CASTILLO y JOSÉ MARCIAL CEDEÑO HERRERA, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Cuarto (4º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, de fecha 06 de octubre de 2014, que, entre otros pronunciamientos, decretó privativa de libertad a los justiciables, ciudadanos DAVID ENRIQUE VALERA CASTILLO y JOSÉ MARCIAL CEDEÑO HERRERA, al primero de los premencionados imputados, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional C.....