El Tribunal en virtud del convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 10 de Marzo de 2010 (f. 79) en la presente causa signada con el Nº 916-09, Ciudadana ADRIANA DEL VALLE HERNANDEZ GARCIA, en su carácter de parte demandante, asistida del Abogado AMILCAR JOSÈ INFANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 35.631, donde se compromete a desocupar una casa de habitación familiar ubicada en el Sector Banco Obrero, de esta localidad, siempre y cuando le haga entrega de todos sus bienes muebles que permanecen dentro de esa vivienda los cuales son de su propiedad, y presente la parte de la parte demandada ciudadana: FANNY MARGARITA CARRILLO, Asistida del Abogado CARLOS ALFONZO REY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 99.785, el cual expuso: Acepto lo expuesto por la parte demandada y en fecha 10 de Marzo de 2010, se traslado y constituyo el Tribunal a dicho inmueble y se le hizo entrega de los bienes a la Ciudadana ADRIANA DEL VALLE HERNANDEZ GARCIA; en consecuencia,.....