Por todas las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Yanora Asunción Dale Pérez en nombre y representación de los ciudadanos Juan Luis Rafael Domínguez, Paúl Vicente Luque Sutil, Joel Antonio Morillo, Juan Carlos Tovar y Milagros del Carmen Garrido Cortez al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico.