Por los razonamientos anteriormente , este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus ZOILA MARIA HEVIA USECHE, quien en vida fuera venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-3.818.709, a favor de los ciudadanos OMAR ADOLFO HEVIA y JUDITH HEVIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.123.586 y V-6.331.872, respectivamente.-