SE ADMITIÓ recurso de apelación interpuesto por el abogado Tony Vieira Ferreira, en su carácter de defensor público penal. en contra de la decisión de fecha 11 de agosto de 2008, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito, mediante la cual condena al ciudadano Ronald Oswald Romero Aponte, como responsable de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Uso Indebido de Arma de Fuego, según los artículos 405, 277 y 281 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Edgar Asdrúbal Pérez Carpio, imponiéndole la pena de Quince (15) años y cuatro (04) meses de prisión, y como consecuencia de la admisión del presente recurso este Tribunal Superior en cumplimiento con lo establecido en el artículo 455 ejusdem, fija para el día 17 de diciembre 2008, a las 11:00 a.m , la oportunidad en que tendrá lugar la audiencia oral y pública, en la que las partes expondrán sus alegatos, en relación al recurso interpuesto.