Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue Sociedad Mercantil NUÑEZ RAICES, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha Veinte (20) de Febrero de 1987, bajo el Nro. 13, Tomo 36-A Pro, en contra de la ciudadana ADA ALBERTINA HERNANDEZ GUADARRAMA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.149.949, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en contra d.....