Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Ciudadano ATAHUALPA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, Inpreabogado Nº 30.473, quien actúa en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano MANUEL ANTONIO TORREALBA JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.11.368.427. En consecuencia, se declara INADMISIBLE, la solicitud de Inspección Judicial intentada y se CONFIRMA la sentencia recurrida emanada del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 20 de Febrero de 2.017.....