Por todas estas consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe, buscando desarrollar el catalogo de derechos de nuestra carta fundamental, en acoplamiento al artículo 76 de la referida Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en coordinación con los artículos 365; 366 y 369 de la LOPNA y el artículo 282 del Código Civil Venezolano, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara con lugar la solicitud de fijación de obligación alimentaria judicial efectuada por la ciudadana MARISOL ORTUÑO BARON