Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el Cobro de Honorarios Profesionales Judiciales intentado por el abogado JUAN JOSÉ PINO DE LA ROSA.