Este juzgador producir el dispositivo oral para el día 24 de Noviembre de 2009. Sin embargo, no hubo despacho los días 23, 24 y 25 de Noviembre de 2009. Fijando este tribunal por auto de fecha 27-11-2009, la lectura del dispositivo para el día Primero (1°) de Diciembre de 2009, acto al cual comparecieron ambas partes, reservándose el Tribunal de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el lapso de Ley para publicar la sentencia. Este Juzgador dicto auto en fecha 27-11-2009 donde niega el desistimiento solicitado por la parte demandada, por cuanto los días 23, 24 y 25 de Noviembre de 2009, no hubo despacho, auto del cual apelo el ciudadano GONZALO GOIRE HERNANDEZ, en su condición de Presidente de la demandada, debidamente asistido del abogado JUAN PARRA, el cual este Tribunal oye en un solo efecto, y así se decide. SEGUNDO: En fecha diez (10) de Diciembre de 2009 se publicó la sentencia en el presente Juicio. TERCERO: El lapso que el Tribunal se .....