PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación intentada por el apoderado de la parte actora ALFREDO E HERNANDEZ YANEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo le números 7.922, en contra de la decisión del Tribunal de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial de fecha 21 de Octubre del año 2004, y así se decide. En consecuencia, se REVOCA la decisión recurrida, y se ordena la continuación de la causa.
SEGUNDO: Por cuanto la presente decisión es contra el Tribunal de la recurrida, no hay expresa condenatoria en COSTAS y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Once (11) días del mes de Febrero del .....