Por estas razones este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia de Agraria, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRARIA SOLICITADA, por el ciudadano JULIO DETERNY MALUENGA HERRERA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, Productor Agropecuario, titular de la Cédula de identidad N° 11.239.411, con domicilio y residencia en el Caserío la Romereña, Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, debidamente asistido por el abogado PABLO DE LA CRUZ PARRA ALMAO, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.899, en contra de los ciudadanos NELSON JOSE ARVELO RODRIGUEZ, JAIDY JOSEFINA VALERA HERNÁNDEZ Y LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA "DOÑA MARCELA Y DON BRAULIO R.L., representada por el ciudadano NELSON JOSE ARVELO RODRIGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°.....