En consecuencia, por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Guarico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por las Ciudadanas BERNICE GUEVARA MORALES, ZURMA CHARITO HIGUERA MARTINEZ y OMEGA JOSEFINA ALVAREZ LEDEZMA venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.953.184, 10.979.989 y 4.310.525, en contra de la empresa FUNDACIÓN RAFAEL ZAMORA AREVALO (FUNDA HOSPITAL).