Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: Califica la Aprehensión flagrante del ciudadano JADER ALEXANDER GALLARDO MIRABAL, venezolano, natural de Calabozo- Estado Guárico, donde nació el 13-09-1990, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle Principal, casa S/Nº, cerca de la bodega Yuli; Calabozo- Estado Guárico, titular de la cédula de identidad (no se lo sabe), por la presunta comisión del Delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 ordinal 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia en relación al artículo 83 y 84 numeral 1 del Código Penal, en grado de complicidad, por estar llenos los extremos de los artículos 44, ordinal 1º de la Constitución de la República Boliv.....