DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano RICHARD JOSÉ ALMEIDA MARÍN, venezolano, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, nacido el 06-07-79, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Carmen Beatriz Marín y Luís Almeida, residenciado en el Valle de Macaira, San Francisco de Macabra, Estado Guárico y titular de la cédula de identidad nro. V-15.453.954; con fundamento a lo dispuesto en el ordinal 3º del artículo 318 en concordancia con el ordinal 8º del artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y ordinal 4º del artículo 108 del Código Penal, al haberse extinguido la acción penal por prescripción. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicit.....