REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 11 de Julio de 2.017
207º y 158º
Estando en la oportunidad legal, para pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas, mediante escrito presentado en fecha 10 de Julio de 2.017, por el abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, por el abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, quien actúa con su carácter acreditado en autos , en su carácter de apoderado judicial del beneficiario del decreto de medida de protección, dictado por este Tribunal en fecha 25 de Enero de 2.017, provee en consecuencia:
En cuanto a las documentales acompañadas al escrito de demanda y ratificada en el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 10 de Julio de 2.017, el Tribunal las admite apreciando su justo valor en la definitiva.
En relación a l.....