En mérito de lo anteriormente analizado este tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO; SEGUNDO: Condena al demandado, ciudadano EDGAR JOSE BALZA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.601.065, domiciliado en esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, a pagarle a la demandante, ZELINA DEL VALLE LOPEZ DE VIETTRI, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 9.814.490, en su condición de apoderada del ciudadano PEDRO FRANCISCO VIETTRI VIETTRI, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 3.218.740, domiciliados en esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, los cánones de arrendamiento vencidos más todos aquellos cán.....