DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "La Esperanza", ubicado en el Sector Vaca Vieja, asentamiento campesino Sistema de Riego Rió Guárico, constante de una superficie de doscientas ocho hectáreas con tres mil noventa y cuadro metros cuadrados (208 Has. 3.094 mts2), alinderado de la siguiente manera; Norte: terreno ocupado por Parcela VV50 y VV51; Sur: terrenos del INTI; Este: terreno ocupado por Parcelas VV56 y Oeste: Caño "Vaca Vieja", a favor del ciudadano Rafael Ramón Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.724.974, dejánd.....