SE REVOCA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al ciudadano JUAN HERNANDO GARCIA FLORES, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de identidad Nº E. 5.678.651, natural de Cúcuta, Colombia, con fecha de nacimiento el 04/03/61, de 50 años de edad, hijo de los ciudadanos Juan García y María Flores, registra como lugar de residencia Sector II, avenida 4, N° 52, Puerto Ordaz, Estado Bolívar y en consecuencia SE ORDENA SU CAPTURA. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479.1 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal.