CON LUGAR la demanda de nulidad incoada por el Profesional del Derecho GEOVANNI ANTONIO SOLFO GOMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 132.039, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana NOYRALY LUGO LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.268.861 contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 48-2015 de fecha 03 de junio de 2015 dictada en el expediente Nº. 011-2015-01-00076 por la Inspectora del Trabajo del Estado Bolivariano de Guarico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, que declaró con lugar la solicitud de Autorización de despido, traslado o modificación de condiciones, incoada por la Entidad de Trabajo Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA-GUÀRICO) contra la ciudadana Noyraly Lugo Linares.