Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesta por la ciudadana ANA MERCEDES BARRAGAN LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.006.538, debidamente asistida por los abogados ALIRIO AGUSTÍN RENDÓN, JOSÉ SILVESTRE PADRÓN y ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.998.240, V-3.514.709 y V-3.819.185 respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 9.879, 39.557 y 32.932, respectivamente, contra la Decisión dictada en fecha 28 de mayo de 2009, por el JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO (21º) DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDIC.....