Esta Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ARELIS JOSEFINA LOPEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.465.525, en su carácter de madre de la adolescente XXXX, para que tramite única y exclusivamente por ante la embajada Americana, la visa de la adolescente supra identificada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Especial que rige la materia. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina, comunicándole que la presente autorización es única y exclusivamente para tramitar la Visa de la adolescente de autos, es decir, no implica bajo ningún concepto autorización para viajar fuera del país. Y así se decide.-