El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida hecha por la ciudadana Defensora Público Penal Abogada Judith Ainagas actuando en su condición de Defensora del Acusado JOSE GREGORIO PALACIOS HERRERA, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, nacido en fecha 29-05-1983, de 22 años de edad, obrero, hijo de Vidalina Herrera y de Luis Palacios, residenciado en el sector Guaqueries, calle Nº 6, Altagracia de Orituco, Estado Guárico, Cédula de identidad No.19.961.499, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264, en armonía con el 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido