PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la acción de Cobro de Bolívares intentada por la parte actora Sociedad Mercantil ?AGROPECUARIA CEDEL, C. A.?, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el número 3, Tomo 246-A-PRO, de fecha 27 de diciembre de 2.001, según se evidencia de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Chacao, del Estado Miranda, bajo el número 11, Tomo 112, de fecha 30 de Septiembre de 2.003, en contra de la excepcionada Ciudadano BENITO GUTIERREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 13.857.413. Se declara SIN LUGAR la apelación realizada por la parte actora, y en consecuencia se CONFIRMA la Sentencia de la recurrida, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en la Ciudad de San Ju.....