Se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Brígido Alejandro Mendoza Rojas, en la condición de autos, contra la decisión del Juzgado Segundo de Control de este Circuito, de fecha 04 de abril de 2006, tomada en el asunto N° JP01-P-2005-005488, de su catalogo de causas, que sobreseyó la causa a los ciudadanos Manuel A. González H.; Rita López; karoll Angarita, Maria Chacón y José Miguel del Corral Guahz, todo ello conforme a los artículos 318.1, 48.8 y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que en consecuencia, se confirma la decisión delatada reformada en cuanto a la disposición adjetiva en que se funda, todo ello conforme a lo que establece los artículos 451, 452, 453, 454, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.