PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por el representante judicial ciudadano abogado RAFAEL CELESTINO TORREALBA INFANTE, identificado en autos de los ciudadanos CARLOS EDUARDO CORDERO JARAMILLO, SATURNO ANTONIO CORDERO REBOLLEDO, PAULINA MANZOL Y FABIAN DEMETRIO TURIPE también identificados en autos, relacionados con la Cuestión previa de los ordinales 10 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior y conforme al artículo 220 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrarios, se extingue el proceso.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 357 y 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.