éste JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la Republica Venezuela y los Artículos 12, 242, 243, 145 del Código de Procedimiento Civil y del articulo 1.557 del Código Civil, imparte la HOMOLOGACION de la cesión de derechos, celebrado en fecha diez (10) de Mayo de dos mil once (2011) por BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A., y RAPIDOS GUAYANA C.A., en los mismos términos allí establecidos.
Se acuerda expedir por Secretaria dos (02) Juegos de copias certificadas de la presente decisión, solicitada en el escrito de cesión de derecho, ello de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- expídanse Copias Certificadas previa la consignación de los fotos.....