PRIMERO: Se declara Con Lugar la demanda de Desalojo, interpuesta por la ciudadana LUCRECIA COROMOTO MENDEZ DE BLYDE, contra el ciudadano BIRMAR ADELIO ESTRADA, ambos identificados anteriormente, y condena al demandado a hacer la entrega material del inmueble arrendado a la parte actora, ubicado en la calle 08, casa 07, urbanización La Sabana, Zona Industrial La Mesa, el Sombrero Estado Guárico, objeto de la presente acción, en las mismas condiciones que lo recibió y debidamente desocupado sin prorroga alguna.----------------------------
SEGUNDO: Se declara Parcialmente con lugar la Apelación intentada por el ciudadano BIRMAR ADELIO ESTRADA, ya identificado, en lo que respecta a la estimación de la demanda. En consecuencia sé Estima la presente demanda en la cantidad de Quinientos Mil Bolívares (Bs. 500.000,oo).
TERCERO: Se confirma Parcialmente la Sentencia del Tribunal de la recurrida Juzgado de los Municipios Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico co.....