PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por el apoderado de la parte Abogado en ejercicio FRANCISCO A. RENGIFO D., venezolano, mayor de edad, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 54.946, en contra de la decisión del Tribunal de la recurrida, Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 23 de mayo del año 2.005, y así se decide. En consecuencia, se CONFIRMA la recurrida y así se establece.
SEGUNDO: Al confirmarse la sentencia recurrida, se condena al recurrente al pago de las COSTAS procesales de la incidencia y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los.....